miércoles, 29 de junio de 2011

Mientras tanto...


No es que haya abandonado el blog, pues no quiero dejaros sin que os perdais el desenlace de la "película" (que dicho sea de paso, espero que tenga un final feliz, y no que lo que empezó siendo una peli de aventuras, termine como una de terror...).
Aún sigo esperando que la Audiencia Provincial resuelva el recurso de apelación, y la espera se me está haciendo algo larga. ¡Joer, que esto no es el caso Rumasa! Que como mucho en mi procedimiento judicial se tienen que leer unos doscientos folios. Si tardas más en leerte el "Marca". En fin, habrá que tener paciencia. Más vale que vayan despacito y se estudien bien el caso, que las prisas no son buenas y menos para estas cosas.
Entretanto, tal y como aparece en la página del BOE que he colocado a la izquierda, la empresa promotora-constructora que con tanta pericia construyó mi vivienda, se ha declarado en situación de concurso. Que no es que vayan a sortear ahora un apartamento en Barbate o una paletilla de jamón ibérico, sino que, como ya tenían unas cuantas deudas, se han declarado insolventes. Así que de momento, dejarán de pagar lo que deben, y luego ya "si eso", pagarán... Si ya lo vengo diciendo mucho tiempo: estos de construir casas, no tendrán mucha idea; ahora, en el arte del escaqueo, son unos genios.
Por un lado, esto nos ha venido bien, pues desde que nos ganaron aquel juicio en que nos reclamaban la luz de obra, nos han venido amenazando con ejecutar la sentencia. Pero como al final todo se pega, conseguimos escaquearnos también y hacer tiempo a que se declararan en concurso para consignar el dinero en el Juzgado de lo Mercantil a disposición de los acreedores concursales. Hemos tenido que pagar, sí; pero mi consuelo es que a ellos no les hemos dado un duro. Pues si son insolventes para pagar, también lo son para cobrar...
Por otro lado, al estar en concurso, la promotora tampoco nos va a pagar a nosotros las reparaciones en el hipotético caso de que, siguiendo su curso normal y lógico, la sentencia de apelación confirme la ya dictada por el Juzgado y nos dé la razón. Claro que, siendo la condena "solidaria", nos da lo mismo: si no paga la promotora, lo hará el arquitecto o el aparejador. Mejor dicho, lo hará el seguro del arquitecto o del aparejador. O eso espero...