martes, 2 de febrero de 2010

Contestación de la Constructora


He aqui la contestación de mi demanda que realiza la constructora. Si en el caso de mi demanda y de la contestación del Arquitecto sólo he colgado la primera página y he hecho un resumen dada su extensión, en este caso sólo cuelgo la primera página porque básicamente no hay más.
La contestación que da la constructora se contiene en este Hecho Primero, en el que niega todos los hechos alegados en mi demanda, diciendo que "en el origen de los desperfectos denunciados no ha intervenido la constructora, siendo en su caso los mismos responsabilidad ajena a la misma". Sólo le ha faltado decir que la responsable de mis goteras y humedades es la lluvia; o que el responsable de que me salte la luz cuando enciendo dos radiadores a la vez es el frío, por hacerme encenderlos. Incluso, siendo más retorcida, la constructora podía haber dicho que sí me construyó la cámara de aire en la pared exterior, y que los responsables de que no esté ahí son unos extraterrestres que me la abdujeron con el fin de investigar las técnicas constructivas de la civilización humana. De ser cierto esto último, posiblemente hayan llegado a la conclusión de que definitivamente no existe vida inteligente en nuestro planeta.

El Segundo hecho de la contestación se limita a pasar el "marrón" al Aparejador (qué casualidad, justamente al único que no he demandado por no tener ni idea de quién era), y en el Tercero dicen literalmente que lo que pretendo es un "enriquecimiento injusto".
Pero lo que más me gusta de la contestación de la constructora es eso de que mi demanda "obedece a un enfado por una reclamación previa mediante carta de consumos de electricidad". Es lo que suelo hacer cuando me enfado con alguien: lo demando. De hecho, mi gato me acaba de sacar un hilo del jersey y le he dicho que se vaya buscando un abogado. Probablemente no me haya entendido. Como yo tampoco he entendido a la constructora.

lunes, 25 de enero de 2010

Contestación a la demanda del Arquitecto



Paso ahora a resumir un poco el escrito de contestación del Arquitecto demandado, que también es un poco amplio.

Previamente a entrar en la contestación en sí, plantea una serie de "excepciones" procesales que, de ser apreciadas por el Juzgado, impedirían la continuación del procedimiento y, en su caso, el archivo de mi demanda. Para no quedarse corto, el demandado plantea 4 excepciones:
  1. Caducidad: Alega que yo -el demandante-, conocía ampliamente las características y condiciones que mostraría el inmueble, y el negocio jurídico de compraventa se produjo conociendo de primera mano el estado, situación y características de lo comprado. Es decir, viene poco menos a decir que al comprar la vivienda yo ya conocía que tenía defectos (ya ves, hay a quien le da por coleccionar sellos; a mi me ha dado por comprar casas con defectos. Es un hobby un caro y que proporciona muy pocas satisfacciones, no os lo recomiendo). Lo raro es que para alegar la caducidad, el demandado se funda en que ha transcurrido el plazo de 6 meses que el Código Civil establece para reclamar por "vicios ocultos" (¿en qué quedamos? si yo sabía de la existencia de los defectos al comprar la casa, no serían tan ocultos, ¿no?).
  2. Falta de litisconsorcio pasivo necesario. Esta cosa tan rara quiere decir algo así como que me he quedado corto demandando, que no he demandado a todos los que debería haber demandado. Según el Arquitecto, debería haber demandado también al Aparejador, que también intervino en la construcción de mi casa. Y no le falta razón. Lo que pasa es que tuvimos un pequeño inconveniente para demandar al Aparejador: que no sabíamos quién era. Posiblemente nos hubiera facilitado algo tener el Libro del Edificio, con su proyecto y demás documentos de la obra, pero la promotora-constructora se negó a facilitárnoslo.
  3. Falta de legitimación pasiva. A ver como lo explico, que ya me estoy liando hasta yo: si la excepción anterior consistía en que me había quedado corto en demandar, esta quiere decir que me he pasado demandando, es decir, que no debía haber demandado al Arquitecto. Y ello porque entiende que al tratarse de una compraventa de vivienda, los efectos de la misma sólo tienen lugar entre el comprador (yo) y el vendedor (la promotora). Vamos, que él dirigió la obra, pero no tiene ninguna responsabilidad... ¡No sabe "ná"!
  4. Prescripción. Aquí dice que si no es atendida la excepción de caducidad, se estime que el plazo que tenía para reclamar los defectos de construcción (2 años desde que se produzcan los daños o defectos) ya ha transcurrido, y que no he hecho reclamación alguna. Aquí entiendo yo que debe haberse aburrido con mi demanda y no se la ha leído entera, ni se ha mirado los documentos aportados (burofax, reclamaciones a Consumo, etc), porque vamos, sólo me faltó encadenarme en la puerta de la constructora para reclamar.

Finalmente, después de estas excepciones, el Arquitecto formula su contestación a la demanda, que se puede resumir básicamente en pasar el "marrón" a la constructora, pues dice que él sólo recibió el encargo de elaborar un proyecto, siendo la constructora la que actuó como promotora, ejecutora de la obra y como vendedora. Por tanto, y dado que alega que era la constructora a fin de cuentas la que decidía lo que se debía hacer, y después lo realizaba, ocupando una "posición de monopolio del proceso constructivo, controlando la edificación de principio a fin", el incumplimiento contractuall que invoco en la demanda tiene que ver con el contrato de compraventa o, como mucho, con la ejecución de la obra, pero no con la dirección.

Conclusión: el tío dice que hizo lo que tenía que hacer y no quiere saber nada. Y seguro que se ha quedado tan ancho.

sábado, 23 de enero de 2010

Ya he demandado a la constructora



Pues ya era hora de que me pusiera a actualizar un poco esto, ya que desde la última entrada han sucedido algunas cosas.

Como se deduce del documento que he colgado aquí a la izquierda, a finales de julio presentamos por fin en el Juzgado la demanda contra la constructora y contra el arquitecto, si bien, entre que el mes de agosto es inhábil para las actuaciones judiciales y entre la carga de trabajo que hay en los Juzgados, no se admitió a trámite hasta el mes de octubre.

Dado el volumen de la demanda (y sobre todo porque me da un poco de pereza ponerme a escanear unos veinte folios y luego esperar cerca de media hora a que se terminen de subir al blog), he dedidido colocar sólo la primera página y resumir el resto.


Así que ahí va el resumen, aunque no es sino lo que ya he relatado a lo largo del blog:


  • En el hecho primero de la demanda aludimos a las reclamaciones que efectué a la constructora vía burofax y a mi intento de resolver el problema amistosamente a través del Instituto de Mediación y Arbitraje de Consumo, vía que hubo de cerrarse "ante la negativa tan cargada de sinrazón" de la demandada. Asimismo, hacemos mención al periplo sufrido para obtener el proyecto visado de la vivienda, el libro de órdenes y el certificado de finalización de obras sin resultado, por lo que "todas las acciones que podíamos realizar tendentes a conocer quién ordenó, construyó, certificó y supervisó han sido inútiles". De hecho, no hemos podido demandar al Arquitecto Técnico al desconocer quién intervino como tal.

  • En el hecho segundo, hacemos una relación de los defectos existentes, las causas de la aparición de los mismos y su valoración, con arreglo al informe elaborado por nuestro perito Arquitecto. Destacar aquí que el cerramiento del muro medianero con el solar colindante está formado "únicamente por un pie de ladrillo macizo sin cámara de aire ni su correspondiente aislamiento térmico", pues aunque se ha procedido al revestimiento con espuma de poliuretano, "no se ha aplicado producto impermeabilizante" y además "el poliuretano proyectado no puede estar al exterior sin protección, pues los rayos ultravioletas lo degradan". También describimos los defectos en la instalación eléctrica, las humedades, las grietas, etc, defectos que según nuestro perito, son "errores de ejecución y dirección de obras, pues atendiendo como mínimo a las normas de buena construcción, nunca se deberían realizar como se ha hecho".

Finalmente, reclamamos la cantidad en la que el perito ha valorado las reparaciones, sin incluir la pérdida de suelo (metros útiles) que puede suponer la reparación del muro medianero, que debe realizarse desde dentro, con pérdida de metros cuadrados útiles, para los cuales "nos reservamos las correspondientes acciones".

Pues ese es en líneas generales el contenido de la demanda, así que la cosa va para adelante. Habrá que confiar en la Justicia. De todas formas, no me va a venir mal comprar unas cuantas velas y aprenderme algunas oraciones.



miércoles, 4 de noviembre de 2009

La promotora recurre la sentencia.


Lo que sospechaba. Parece ser que esta gente de la promotora no se quedó muy conforme con la sentencia de la luz de obra y han decidido recurrirla en apelación. Supongo que ahora que se acercan unas fechas tan señaladas, querrán que la Audiencia Provincial les de la razón y nos condene a pagarles los tres mil y pico euros que nos reclamaban, para que no les falte nada en su mesa de navidad.
Es posible que a los “pobrecitos” les falte el dinero (sacaron unos 100 millones de las antiguas pesetas con la venta de las 5 viviendas de nuestra promoción), y se vean obligados a “mendigarlo” de esta forma. Puede que necesiten ese dinero para tapar algún agujero; aunque vistos los precedentes, para eso ya habrán echado mano de la silicona, puesto que eso es la especialidad de la casa. También es probable que estén un poco asfixiados por la última promoción de “nosecuántos” pisos que han construido, de los cuales “nosecuántos” han vendido o les quedan por vender; claro, que de estar asfixiados, no se habrían comprado el pedazo de Mercedes con el que acudieron el día del juicio, que cuando el morro del coche entraba al parking, el maletero todavía estaba entrando en el pueblo (de hecho iba a ilustrar el post con una foto del coche, pero no fui capaz de encuadrarlo en el objetivo de la cámara para que me saliera entero).

Sea por lo que sea, están dispuestos a seguir dando por cul…, digo, por saco, con el tema de la luz de obra. Pues nada, que sea lo que la justicia quiera. Solo espero que a la Audiencia Provincial no le dé por mearse fuera del tiesto.

lunes, 10 de agosto de 2009

VECINOS 1 - PROMOTORA 0

Pues ya tenemos aquí la Sentencia de la luz de obra. Por fin una buena noticia, que ya hacía falta. Como ya adelanté en la anterior entrada, la cosa pintaba bien para nosotros a la vista del derroche de argumentos y de medios desplegados por los de la promotora durante el juicio, y al final este es el resultado: desestimación de la demanda de la promotora y absolución de los vecinos.
No veáis la pena que me ha dado de que los de la promotora no puedan irse unos días de vacaciones a nuestra costa, con los cerca de 3.000 euros que nos reclamaban.
Claro, que todavía pueden recurrir en apelación. Aunque no creo que tengan mucho éxito, puesto que sólo podrían fundar su recurso en un posible error en la valoración de la prueba por parte del Juez; pero claro, el inconveniente es que ni siquiera aportaron una prueba…
Así pues, casi que les vendría mejor guardar fuerzas y emplear las reservas de materia gris de las que aún puedan disponer (me refiero a las neuronas, no al cemento, jeje), para preparar su defensa en la demanda que acabamos de interponerles por los defectos de construcción. Y aunque nuestra reclamación tardará bastante más tiempo en resolverse, dado que el procedimiento que debe seguirse es más engorroso por sus numerosos trámites, por lo menos esta Sentencia ha servido de algún modo para darnos algo de ánimo, que lo vamos a necesitar.
De momento, hemos ganado la primera batalla.














jueves, 11 de junio de 2009

¡Me han demandado por no pagar la luz de obra!

Bueno, pues más novedades. Si la cosa ya no era lo bastante surrealista, la promotora se ha encargado de añadirle nuevas dosis (de construir no sabrán mucho; ahora, de surrealismo se podrían forrar dando clases). No se si existe algún otro caso en España –me arriesgo incluso a decir en el mundo- de que la promotora haya demandado a los propietarios por no pagarles la luz de obra. Desde luego, cuando acudí a las oficinas de la compañía eléctrica y lo comenté, me dijeron que era la primera vez que se les daba un caso de estos. A nuestro abogado también.
El juicio se celebró hace un par de semanas, y la verdad es que la cosa pintó bien (para nosotros, claro). Y es que para reclamar una deuda, debes probar su existencia, detalle que pasó por alto la promotora. Como también parece que no cayó en el detalle de que estaba reclamando algo que es ilegal: el pago por los propietarios de las viviendas de un suministro de electricidad destinado a obra. Y más cuando la promotora fue la única responsable de esa irregularidad, al no poder los propietarios disponer de un contador individual porque dicha promotora no cerró el expediente de suministro de luz de obra con la compañía eléctrica (por cualquier problemilla) hasta pasados cuatro meses desde que entregó las viviendas.
El caso es que en el juicio, la promotora también nos dejó grandes pinceladas de surrealismo: llegaron tarde (cuando el agente del Juzgado llamó a la parte demandante, no estaban por allí, así que tuvimos que ser los demandados los primeros en entrar a la sala); no llegó su procurador, así que les tuvo que representar una procuradora que se encontraba por allí; finalmente, como única prueba propusieron la testifical de… ¡el arquitecto!. Él mismo declaró que no tenía ni idea de los hechos, puesto que cuando firmó el certificado final de obra no volvió a saber nada de la misma. En fin, el juicio está visto para sentencia, así que en las próximas semanas conoceremos el resultado.
Y como supongo que lo que acabo de contar es difícil de creer (cosa que entiendo, porque a mi me lo cuenta otro y no me lo creo), he colgado a continuación parte de la demanda. Lo dicho: surrealismo puro.











sábado, 9 de mayo de 2009

¿¿¿Ocasión???


Vuelvo a tener noticias de mi constructora. Ha sido esta mañana. Me he escapado un poco antes del trabajo, que por eso es viernes, para comenzar a disfrutar del fin de semana, y cuando arrivo a casa… ¡eco!: me encuentro que me han dejado algo en el buzón. Lo abro todo intrigado y me topo con el papelico que encabeza esta entrada. No dice quien ofrece este “chollo”, pero tras leer el nombre del residencial y su ubicación, no me queda ninguna duda: ¡los amigos de mi constructora me quieren meter otra vez el perro!
Lo primero que se me ha pasado por la cabeza es hacer una bolita con el papel y tirarlo a tomar por saco, pero por respeto al medio ambiente me he contenido. Así que he decidido guardarlo ya que se me ha ocurrido darle un buen uso a la publicidad de mi constructora: en cuanto alguien me toque los cojoncetes, pienso echarle el folleto en su buzón, y al paso mato dos pájaros de un tiro: me libro del papel y si acaso pica y compra “el chollo”, le hago la putada de llevarse una casa tan chapuzera como la mía.
Para que veais que estimo mucho a los lectores del blog, he decidido borrar el teléfono de contacto que venía en el folleto: así os ahorrais una llamada y un posible disgusto.